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Viernes, 16 de abril de
2004 BOE núm. 92
De acuerdo con lo
establecido en los artículos 6. a) y 9.1 y 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de
junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con el artículo 1.1
del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de
Andalucía, a propuesta del titular de la Consejería de Cultura y previa
deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 24 de febrero de
2004, acuerda: Primero. Aprobar la delimitación del entorno del Bien de
Interés Cultural de la Alcazaba y Murallas del Cerro de San Cristóbal, en
Almería, cuya descripción y delimitación figuran en el Anexo al presente
Decreto. Segundo. Incluir la Alcazaba y Murallas del Cerro de San Cristóbal
y su entorno en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
ANEXO: Descripción del
entorno delimitado El entorno delimitado al Bien de Interés Cultural,
Conjunto Monumental de la Alcazaba y Murallas del Cerro de San Cristóbal,
comprende las parcelas, inmuebles, elementos y espacios públicos y privados
comprendidos dentro de la línea de delimitación que figura en el plano de
Delimitación del entorno afectado. Dicho entorno delimitado, en líneas
generales, no se encuentra muy alterado ya que se trata del Barranco de la
Hoya, que es un amplio espacio sin ningún tipo de edificación que refuerza
la imagen de la Alcazaba y Murallas. El resultado es un entorno poligonal
de tendencia cuadrangular, con una superficie de 37,652 hectáreas, cuyo
eje, en dirección este-oeste, queda constituido por la Hoya. La Alcazaba
queda al sur conectada con la ciudad, y al norte el Cerro de San Cristóbal,
que termina por definir un espacio único, de indudable interés cultural
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